La legítima puede solicitarse si existe un testamento

El código civil establece que cuando una persona fallece, sus bienes se reparten entre sus herederos. Sin embargo, en algunos casos, los herederos pueden tener derecho a reclamar una parte específica de la herencia, conocida como legítima. Exploraremos el concepto de la legítima y analizaremos si se puede solicitar en el caso de que exista un testamento.

¿Qué es la legítima?

La legítima es una porción de la herencia que la ley reserva a determinados herederos, conocidos como herederos forzosos. Estos herederos tienen derecho a reclamar esta parte de la herencia, incluso si su familiar fallecido dejó un testamento en el que expresaba sus deseos de distribuir sus bienes de manera diferente.

Según el artículo 806 del código civil, los herederos forzosos son los hijos y descendientes en primer grado. También se incluye al cónyuge viudo, aunque en algunos casos sus derechos pueden verse limitados en comparación con los hijos. Estos herederos tienen derecho a recibir una parte de la herencia en función de su grado de parentesco y de la existencia de otros herederos.

¿Se puede reclamar la legítima si hay testamento?

En teoría, cuando una persona deja un testamento, está expresando sus deseos específicos sobre cómo desea que se distribuyan sus bienes después de su fallecimiento. Sin embargo, esto no significa que los herederos forzosos no tengan derecho a reclamar su legítima.

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El artículo 808 del código civil establece que los herederos forzosos tienen derecho a reclamar su legítima incluso si se ha otorgado un testamento. Esto significa que, aunque exista un testamento que indique cómo se deben distribuir los bienes, los herederos forzosos aún pueden solicitar su parte correspondiente de la herencia.

¿Cómo se calcula la legítima?

La legítima se calcula en función del patrimonio del fallecido y del número de herederos forzosos. El artículo 807 del código civil establece que la legítima se repartirá entre los herederos forzosos en partes iguales, es decir, se dividirá equitativamente entre ellos.

En el caso de que existan hijos o descendientes, la legítima se reparte en dos tercios del patrimonio del fallecido. El tercio restante se considera parte de la libre disposición, es decir, el fallecido puede decidir cómo distribuirlo en su testamento.

Si solo existe un heredero forzoso, este recibirá el 50% del patrimonio del fallecido como legítima. Si hay varios herederos forzosos, se dividirá equitativamente entre ellos.

¿Es necesario contratar a un abogado especialista en herencias?

Reclamar la legítima puede ser un proceso complejo y requiere un conocimiento profundo del código civil y de las leyes de sucesiones. Por esta razón, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en herencias.

Un abogado especialista en herencias podrá guiar a los herederos forzosos en el proceso de reclamación de la legítima, asegurándose de que se cumplan todos los requisitos legales y de que se protejan los derechos de los herederos.

Además, un abogado especialista en herencias podrá brindar asesoramiento sobre cómo proceder en caso de que exista un testamento y se desee reclamar la legítima. También podrá proporcionar orientación sobre los plazos legales y los procedimientos a seguir para hacer valer los derechos de los herederos.

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Preguntas Frecuentes – FAQ

¿Cuándo se puede pedir la legítima?

Se puede pedir la legítima en el momento en que se produce la apertura de la sucesión, es decir, cuando fallece el titular de los bienes.

¿Qué porcentaje heredan los hijos?

Los hijos heredan el 50% de la legítima, que es la parte de la herencia de la que no se puede disponer libremente.

¿Cuando no se tiene derecho a la legítima?

No se tiene derecho a la legítima en casos como el desheredamiento legal, en los que se excluye a un heredero de la herencia por motivos específicos establecidos por la ley.

¿Cómo heredar a los hijos en vida?

Para heredar a los hijos en vida, es necesario hacer una donación en vida de los bienes, siguiendo los trámites legales correspondientes.

Claves para entender el artículo

Si hay testamento se puede pedir la legítima. Los herederos forzosos tienen derecho a reclamar su parte correspondiente de la herencia, incluso si el fallecido dejó un testamento en el que expresaba sus deseos de distribución de sus bienes de manera diferente. La legítima se calcula en función del patrimonio del fallecido y se reparte entre los herederos forzosos en partes iguales. Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en herencias para asegurarse de que se cumplan todos los requisitos legales y proteger los derechos de los herederos.

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