La pensión de viudedad es un beneficio económico que se otorga a las parejas que han perdido a su cónyuge y que dependían económicamente de él. En el caso de las parejas de hecho no inscritas, es importante conocer los requisitos y procedimientos para poder acceder a esta pensión. Exploraremos en detalle la pensión de viudedad para parejas de hecho no inscritas y los pasos que deben seguirse para solicitarla.
Índice
¿Qué es una pareja de hecho no inscrita?
Una pareja de hecho no inscrita es aquella que convive como si fuera un matrimonio, pero que no ha formalizado su relación mediante un documento público o registro de parejas de hecho. A pesar de no tener este documento, muchas parejas de hecho no inscritas mantienen una relación estable y duradera, compartiendo gastos y responsabilidades.
¿Es posible cobrar la pensión de viudedad en parejas de hecho no inscritas?
Según el Tribunal Supremo de España, es posible que las parejas de hecho no inscritas puedan cobrar la pensión de viudedad si cumplen con ciertos requisitos. La existencia de una pareja de hecho no inscrita debe ser debidamente acreditada y demostrada.
2.1. Requisitos para cobrar la pensión de viudedad en parejas de hecho no inscritas
Para poder cobrar la pensión de viudedad en parejas de hecho no inscritas, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Convivencia durante al menos dos años de forma estable y duradera.
- Prueba fehaciente de la existencia de la pareja de hecho no inscrita, como por ejemplo, certificado de empadronamiento conjunto, cuentas bancarias conjuntas, testamentos en los que se reconozca la relación, etc.
- Dependencia económica del fallecido. Es necesario demostrar que la pareja de hecho no inscrita dependía económicamente del cónyuge fallecido.
2.2. Documentación requerida
Para solicitar la pensión de viudedad en parejas de hecho no inscritas, se debe presentar la siguiente documentación:
- Certificado de empadronamiento conjunto que demuestre la convivencia durante al menos dos años.
- Documentos que acrediten la existencia de la pareja de hecho no inscrita, como testamentos, contratos de alquiler conjuntos, etc.
- Prueba de dependencia económica, como estados de cuenta bancarios, facturas conjuntas, etc.
- Certificado de defunción del cónyuge fallecido.
Procedimiento para solicitar la pensión de viudedad en parejas de hecho no inscritas
Una vez que se cuenta con toda la documentación necesaria, se debe seguir el siguiente procedimiento para solicitar la pensión de viudedad en parejas de hecho no inscritas:
- Acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o a la entidad gestora correspondiente y solicitar el formulario de solicitud de la pensión de viudedad.
- Rellenar el formulario de solicitud con todos los datos personales y adjuntar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud y la documentación en la oficina correspondiente.
- Esperar la resolución de la solicitud por parte de la entidad gestora. En caso de ser favorable, se comenzará a recibir la pensión de viudedad.
Preguntas Frecuentes – FAQ
¿Como pareja de hecho tengo derecho a pensión de viudedad?
Para tener derecho a pensión de viudedad como pareja de hecho, es necesario cumplir con ciertos requisitos. Primero, la pareja de hecho debe estar inscrita en el registro correspondiente de la comunidad autónoma. Además, la pareja debe haber convivido de forma estable y duradera durante al menos cinco años antes del fallecimiento de uno de los miembros. También se requiere que la pareja no esté separada legalmente o de hecho en el momento del fallecimiento.
¿Cuando no se tiene derecho a pensión de viudedad?
No se tiene derecho a pensión de viudedad en los siguientes casos: si la pareja de hecho no está inscrita en el registro correspondiente, si la pareja no ha convivido de forma estable y duradera durante al menos cinco años antes del fallecimiento, si la pareja está separada legalmente o de hecho en el momento del fallecimiento, si la pareja no está reconocida como tal según la legislación vigente, o si el beneficiario de la pensión ha cometido actos que causaron la muerte de la persona fallecida.
¿Cómo cobrar pensión viudedad sin estar casado?
Es posible cobrar pensión de viudedad sin estar casado, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. En el caso de las parejas de hecho, es necesario estar inscrito en el registro correspondiente de la comunidad autónoma y haber convivido de forma estable y duradera durante al menos cinco años antes del fallecimiento. Además, la pareja no debe estar separada legalmente o de hecho en el momento del fallecimiento. Si se cumplen estos requisitos, se puede solicitar la pensión de viudedad.
¿Cuánto tiempo tienes que estar de pareja de hecho para cobrar la viudez?
Para poder cobrar la pensión de viudedad como pareja de hecho, es necesario haber convivido de forma estable y duradera durante al menos cinco años antes del fallecimiento de uno de los miembros. Este período de convivencia es un requisito clave para poder acceder a este tipo de pensión. Si la pareja no ha convivido durante este tiempo, no se tendrá derecho a la pensión de viudedad.
Claves para entender el artículo
Las parejas de hecho no inscritas también tienen derecho a solicitar y recibir la pensión de viudedad, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por el Tribunal Supremo. Es importante recopilar toda la documentación necesaria y seguir el procedimiento adecuado para poder acceder a este beneficio económico. Si tienes alguna duda o necesitas más información, te recomendamos acudir al INSS o a un profesional especializado en derecho de familia.